Acuerdo de Escazú: acceso a la justicia ambiental

hugo gutiérrez t

 

Por Hugo Gutiérrez T., secretario Nacional de AFUNPRO.

El acceso a la justicia es un derecho fundamental humano, y hoy más que nunca debe ser garantizado por el Estado en toda su extensión social y jurídica. No es sólo el ingreso de causas a tribunales, sino el pleno acceso a la información sin restricciones ni opacidades respecto de las normas que rigen nuestros derechos y deberes como ciudadanos y habitantes de Chile.

Durante la Asamblea ONU de octubre 2015, Chile ha entregado su compromiso por la Agenda 2030, la implementación y cumplimiento de los ODS y, en especial, del ODS 16, que acciona sobre Paz, Justicia e Instituciones sólidas, promoviendo sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible; facilitando el acceso a la justicia para todos, y creando instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles, muy especialmente promoviendo el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizando la igualdad de acceso a la justicia para todos.

Basado en esta prerrogativa se genera, desde lo social, una profunda reflexión y acción acerca de cómo nos relacionamos con nuestro entorno, con el resto de las personas que componen nuestras sociedades, construyendo desde nuestras diferencias una labor donde el Estado puede y debe ser articulador de herramientas para propender a una profunda mirada en dignidad de cómo nuestra relación con el medioambiente mejora y cómo avanzamos en una sociedad más EQUITATIVA.

Un sistema judicial medioambiental más natural se gesta posicionanado al medioambiente en el centro del debate y las acciones, con un suave sentido de humanidad, respetando dignidades de cada uno de los actores de la sociedad, en especial desde los territorios y comunidades más aisladas, vulneradas y castigadas que, por décadas, incluso siglos, han sido abandonadas y segregadas al momento de participar en decisiones respecto de su entorno, muchas veces acalladas con violencia desproporcionada y que han mantenido los conflictos como una forma de vida, más bien que propender a resolverlos con los acuerdos o desacuerdos necesarios, lo que redunda en la falta de soluciones a temas simples y complejos desde el medioambiente y la sociedad.

Latinoamérica con las reservas de biodiversidad más ricas del planeta, siendo refugio para que la naturaleza viva y se extienda, ha entregado a la oscuridad, al desamor y a la nula capacidad de construir acuerdos, las políticas públicas respecto de medioambiente, lo que ha generado una fuerte relación con la defensa de la biodiversidad, a través del Acuerdo de Escazú sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales, en América Latina y el Caribe, que tiene su punto de partida en la Conferencia ONU Rio+20 de 2012 y, así, se ha convertido en el primer instrumento internacional vinculante que considera los derechos humanos ambientales como parte esencial de los estados con sus territorios y comunidades.

Este Acuerdo se basa en pilares que sostienen y soportan nuestra forma y el fondo de lo que mejoramos, protegemos y cuidamos como parte nuestra:

- Acceso a la Información

- Participación Ciudadana

- Justicia Ambiental

- Evaluación de Desempeño Ambiental

- Gastos de Protección Ambiental.

A partir del año 2012 y comandadas por una delegación chilena comenzaron las tratativas para la implementación del Acuerdo de Escazú, estableciendo un camino cuyo final es el cuidado y garantía de los derechos humanos respecto del medio ambiente y respecto de los derechos de la biodiversidad relacionada.

Tras una serie de reuniones preparatorias entre 2012 y 2014, se generó un documento bautizado como “La Decisión de Santiago”, donde se creó un comité de negociación conformado por 24 países, incluido Chile, que llegó a ser copresidente de su mesa directiva.

Durante nueve reuniones y por cuatro años, se trabajó sobre un documento preliminar que redactó la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), organismo dependiente de la ONU. De este modo, se fueron incorporando propuestas de los países durante estas nueve reuniones.

El documento final se adoptó el 4 de marzo de 2018 en la ciudad de Escazú, Costa Rica, y contó con la venia del propio secretario general de la ONU, António Guterres.

Chile no firmó ni ratificó el Acuerdo de Escazú junto a los demás países como estaba planificado. Por una decisión política-económica se extendió el periodo de análisis de la firma y ratificación del Acuerdo de Escazú, hasta que en el marco de la agenda medioambiental que impulsa el gobierno que lidera el Presidente Gabriel Boric, en marzo 2022, a días de iniciar el gobierno, se firmó el mensaje presidencial para la adhesión de Chile al Acuerdo de Escazú, una de las primeras medidas del actual gobierno que refuerzan este compromiso con una agenda más verde, más ecológica, más transparente y más participativa.

Durante el mes de abril de 2022, se realizó en Chile la primera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú (COP 1), en la cual se tomaron acuerdos y decisiones, siendo la más importante la que habla sobre DEFENSORAS Y DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ASUNTOS AMBIENTALES, con los siguientes artículos:

1. Decide establecer un grupo de trabajo ad hoc de composición abierta sobre defensoras y defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, que contará con la significativa participación del público, especialmente de los pueblos indígenas y comunidades locales, procurando también la inclusión de personas o grupos en situación de vulnerabilidad, y con la asistencia de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe en su calidad de Secretaría;

2. Acuerda encargar al grupo de trabajo de composición abierta sobre defensoras y defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales la elaboración de un plan de acción en la materia, para ser presentado en la segunda reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes para su consideración y aprobación;

3. Acuerda también celebrar un foro anual sobre defensoras y defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales con especialistas reconocidos en el tema, con la asistencia de la Secretaría, del cual emane un informe final que sirva como insumo para la elaboración y revisión del plan de acción en la materia;

4. Invita a las Partes y a todos los países de la región a incrementar sus esfuerzos para desarrollar y reforzar todas las medidas necesarias a nivel nacional, para garantizar los derechos de las defensoras y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales.

El Acuerdo de Escazú es un referente planetario y que esperamos se ratifique prontamente por parte de Chile, para una mejor democracia ambiental, más abierta, más colaborativa y más Participativa.

Donde haya un árbol que plantar, plántalo tú. Donde haya un error que enmendar, enmiéndalo tú. Donde haya un esfuerzo que todos esquivan, hazlo tú. Sé tú el que aparta la piedra del camino” - Gabriela Mistral.

 

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