Dos casos de “Accidentes del Teletrabajo”

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En esta ocasión compartimos con ustedes una publicación de prensa de hoy (Diario Constitucional) sobre un Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) que determinó que la caída de una reclamante en las escaleras de su casa cuando descendía con su computador en brazos para conectarse a una reunión telemática sí constituye un accidente de origen laboral, ordenando al organismo administrador otorgar la cobertura de la Ley N° 16.744.

Lee aquí la publicación

Adjuntamos el Dictamen de SUSESO.

Este hecho guarda similitudes con lo sucedido, en enero, a nuestra asociada Andrea Guerra, asistente social de la CAJ de San Javier (Regional Maule), quien sufrió golpes y hematomas por una caída en las escaleras de su casa.

 

andrea guerra

Recuerda Andrea Guerra: “Al día siguiente comuniqué el incidente a mi jefatura y ellos me instaron a que fuera a chequearme a la ACHS. Estábamos en Fase 1 de la pandemia, así que me extendieron un permiso colectivo para que fuera al consultorio. La atención fue muy buena: me tomaron una radiografía, me dieron medicamentos (antiinflamatorio y analgésico) y me extendieron una licencia por 4 días. En la oportunidad la aseguradora solicitó a mi trabajo la resolución que indicaba que yo estaba en la modalidad de teletrabajo y en abril llegó el aviso a mi empleador de que se había ingresado la licencia médica. Nunca me cobraron ni descontaron nada”.

De lo anterior se desprende que el evento que afectó a Andrea, también fue catalogado como accidente del trabajo... O del teletrabajo.

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